La afirmación categórica de que los colegios profesionales tienen la misión de ordenar el ejercicio profesional en España tiene un importante punto débil en determinados casos, y muy particularmente en el ámbito de la ingeniería, ya que no incluye la cuestión fundamental de determinar quién puede ejercer la profesión.
Esta cuestión queda determinada fuera del ámbito del colegio. Son las universidades las que otorgan el poder ejercer la profesión a través del título universitario oficial; los colegios se limitan a realizar un control documental de los titulados que desean inscribirse para el ejercicio profesional, ese control se limita exclusivamente a la verificación de la documentación aportada, toda vez que se deben aceptar todos los titulados universitarios.
Adicionalmente el sistema profesional español, en todos los ámbitos, pero particularmente en el de la ingeniería, no establece limitaciones al ejercicio basadas en la experiencia o formación complementaria adquirida. La facultad de ejercicio está exclusivamente vinculada al título universitario obtenido sin que ningún otro elemento pueda modificar esta capacidad. De los diferentes modelos de organización del ejercicio de las profesiones tituladas y reguladas el español es probablemente el menos evolucionado y competitivo.
Se reconoce la necesidad de poner al día conocimientos, incluso la formación continua de los profesionales y los colegios suelen incluir entre sus funciones la prestación de un servicio de formación permanente; sin embargo, tanto este servicio como cualquier otra formación obtenida por el profesional no modifica su competencia profesional oficial, salvo que se dicha formación complementaria conduzca a otro título universitario oficial.
Es obvio que el mercado discrimina a los profesionales de la ingeniería: la capacidad técnica se modifica a lo largo de la vida del profesional, se complementa con la experiencia y con la puesta al día de conocimientos a través de conferencia, jornadas, visitas técnicas, cursos, congresos y un sinfín de actividades en las que va participando. Lo mismo puede decirse de la calidad del servicio prestado. El prestigio profesional acumulado es reconocido por los clientes y usuarios y actúa de contrapeso en el sistema de competencias profesionales basado exclusivamente en la titulación universitaria inicialmente obtenida.
Hasta hace 10 años aproximadamente no se analizaban los problemas que podía plantear el sistema. La universidad suministraba titulados universitarios oficiales que pedían el ingreso en los diferentes colegios de ingeniería exhibiendo un título que coincidía en denominación con el de la profesión que podían ejercer. En este entorno la actividad de los colegios se limitaba básicamente a prestar una serie de servicios a los colegiados que le facilitaran el ejercicio profesional centrados en información y puesta al día de conocimientos aparte del seguro de responsabilidad civil.
Sin embargo, los cambios en el sistema universitario pusieron la primera nota discordante en el sistema. Por un lado, la aparición de innumerables títulos de grado y de máster de ingeniería, de muy diversa calidad y nivel. Aunque la regulación de la capacitación para el ejercicio profesional mantiene unos mínimos de conocimientos comunes para los que aspiran a este reconocimiento, la diversidad formativa es mucho más amplia que en el sistema universitario anterior, basado en la identidad entre el título universitario y el título profesional.
Por otro lado, la consolidación de la libre circulación de profesionales en la Unión Europea y la internacionalización de la actividad de los profesionales españoles, planteó la necesidad de adaptar el sistema a las exigencias de un entorno más amplio.
Es decir, el marco general en el que se desenvolvía la actividad de los profesionales de la ingeniería y de sus organizaciones en España está cambiando; los Colegios y Consejos, para poder seguir siendo un agente principal en la ordenación de las actividades profesionales, deben adaptarse a estos cambios, y garantizar que su existencia y los servicios que presten son de utilidad y valorados tanto por los colegiados como por la sociedad en su conjunto.
En un mercado globalizado y heterogéneo, en el que las características de los bienes y servicios que se intercambian o de los agentes económicos que operan no aparecen de forma explícita, se puso en marcha hace bastante tiempo un sistema que permitía la diferenciación de los bienes, servicios o agentes económicos que intervienen en el mismo. Este sistema es el de la certificación y se ha ido objetivando y normalizando y hoy es de aplicación común y obligatoria en muchos casos, en casi todos los ámbitos de la actividad económica.
En el ámbito del ejercicio profesional, más allá de la certificación servicios, procesos o sistemas de gestión, la cuestión que se planteaba: ¿tiene sentido y se puede reconocer, mediante una evaluación independiente, el buen hacer de un profesional en un ámbito determinado? Como posible respuesta internacional surgió el concepto de Certificación de Personas de acuerdo con la norma UNE-EN ISO/IEC 17024, que al igual que otros esquemas de certificación supone el reconocimiento formal por una tercera parte independiente, del cumplimiento de un conjunto de requisitos, en este caso por parte de los profesionales.
Este sistema, que de facto ya está extendido en la mayor parte de los países industrializados, ha sido adoptado por los colegios y consejos generales de la ingeniería española que crearon 2012 la Asociación de Ingenieros Profesionales de España como soporte del Modelo de Certificación Ingeniero Profesional Registrado IPr®, que junto con el desarrollado por AQPE, supone una apuesta estratégica para mantener la competitividad de los servicios prestados por los profesionales de la ingeniería española al responder a las siguientes necesidades actuales:
1. Necesidad por el conjunto del mercado de identificar de forma sencilla y precisa a los profesionales mejor capacitados en función de sus necesidades, máxime cuando en la actualidad existen un número excesivo de titulaciones y con una gran dispersión de enfoque, contenidos y nivel de calidad.
2. La necesidad de competir en un mercado global en igualdad de condiciones, homologando el nivel profesional de los ingenieros españoles con otros ingenieros a nivel europeo e internacional y permitiendo a las empresas españolas exportar servicios de ingeniería que contribuyan al crecimiento económico del país.
3. La necesidad de fomentar la mejora continua y formación permanente de los profesionales españoles acorde con la evolución de la técnica y la tecnología, manteniendo un desarrollo profesional continuo sensible a los cambios que se producen en la actualidad.
El reconocimiento objetivo formal de los conocimientos, habilidades o aptitudes, y, sobre todo, de la capacidad para aplicarlos en el desempeño profesional, va mucho más allá de la mera exhibición de un diploma universitario o un certificado de la subdirección general de títulos del ministerio de educación.
El modelo de certificación desarrollado supone una ventaja competitiva importante para el ingeniero pues supone un reconocimiento público, otorgándole un estatus personal dentro y fuera de las instituciones donde desarrolla su trabajo, así como facilitarles los procesos de movilidad laboral. Además, permite garantizar la calidad y expresar el nivel de competencias profesionales alcanzado.
Tanto para los proveedores de servicios de la ingeniería como para sus clientes en general y la administración pública en particular, representa el aval de cualificación y competencia en la contratación de los profesionales.
En definitiva, la certificación profesional ayuda a distinguir a los buenos ingenieros y ello nos acerca al reconocimiento internacional donde ya existen desde hace muchos años estos sistemas.